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¿Qué calendario elegir? 185-200
Publicado por: Jesus Andriano en
mayo 28, 2016 1931 Visitas
Hace algunos meses la SEP anunció las modificaciones para el calendario escolar 2016-2017; en el cual se deberá tener un mínimo de 185 días y un máximo de 200, con la intención de que se adecue a las necesidades de cada escuela y región. En apego a la Ley General de Educación se reformó el artículo 13 fracción III, así como el 51; el segundo párrafo del 53, y el inciso a) del tercer párrafo del Artículo 69. Con ello se establece entre las atribuciones de las autoridades educativas locales, autorizar los ajustes que realicen las escuelas al calendario escolar determinado por la SEP para cada ciclo lectivo de educación básica y normal.
En la séptima sesión de los CTE se le solicita a los docentes, asumir la toma decisión, reflexionar en torno a las responsabilidades y compromisos a considerar de acuerdo con las nuevas atribuciones que le confiere la Ley General de Educación; en un segundo apartado se les cuestiona sobre ¿qué calendario elegir?; la pregunta es más compleja de lo que parece, no solo es cuestión de tomar la decisión sobre la implantación de un calendario; antes se debe analizar que manifiesta la Ley General de Educación en cuanto a la reforma y de que forma se pretende atender la iniciativa de cambiar el calendario, cuales son las condiciones para su posible implantación, así como la pertinencia de asumir la responsabilidad de todos los participantes en reducir o mantener el calendario escolar.
Pero más allá de la toma de decisión es necesario, realizar un balance sobre el cumplimiento de los 200 días, en un contexto multicultural las actividades de la escuela están condicionadas por las costumbres y tradiciones que rigen a cada poblado; es decir, no hay lugar, ni fecha en el calendario en el que una fiesta patronal no cambie el calendario escolar, sin la necesidad de cuestionar si es que la ley lo permite; en algunas escuelas las actividades relacionadas con la festividad del día del niño, la madre, el maestro, entre otras se realizan durante el calendario lectivo, validadas por la autoridad inmediata y no fue necesario consultar la pertinencia si es que la ley lo permite.
En la mayoría de las escuelas, las actividades académicas se modifican a partir de la segunda quincena del mes de junio, entregando informes y calificaciones con la intención de atender el proceso administrativo del cierre de ciclo; a todo esto hay que sumarle las inasistencias de los alumnos, las comisiones oficiales y uno que otro día de asueto… ¿acaso no sabe la SEP?
Espero que la iniciativa de aprobar un calendario escolar en los CTE de 185 o 200 días, no sea un pretexto más, para contribuir a validar las bondades de lo que se dice llamar reforma educativa (laboral).
Publicado originalmente en:
www.jesusandriano.com/