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Autonomía Académica y de Gestión de las Escuelas Normales.



Publicado por: Cenobio Popoca Ochoa en

febrero 10, 2019 3268 Visitas



Por: Cenobio Popoca.

 

“Las escuelas normales deben convertirse en escuelas de turismo”, “Las escuelas rurales son un nido de guerrilleros”, “se acabó el monopolio de las normales”, “cualquier egresado que pase el examen puede ser maestro”, “¿de qué privilegio gozan las normales para querer plaza automática?”… Son frases que en la última década muestran el desprecio que se ha tenido hacia la educación normal de nuestro país y muestran también la indefinición de una política educativa: si bien parece superada la idea de cerrar a las normales y trasladar la formación docente a las universidades, como ha sucedido en otros países, con resultados no necesariamente mejores, tampoco se ha generado una política educativa que realmente transforme, fortalezca, ayude a superar las limitaciones y dificultades del sistema de escuelas normales del país, como la gestión y administración vertical, débil producción académica, infraestructura, equipamiento y recursos insuficientes, entre otras. Es necesario un cambio real y de mejora de la educación normal, donde todos seamos corresponsables.

 

BENM

 

No, las normales no queremos privilegios (cuáles, además, si alguien puede señalarlo), sino demandamos construir el marco jurídico que al reconocer la trascendencia de la profesión docente, coadyuve a consolidar a estas instituciones como el pilar de la formación docente en coordinación con otras IES, UPN, universidades, para constituir un sólido sistema de formación docente, inicial y continuo. Como parte de ese marco normativo, que se refleje tanto en al artículo 3º como en las leyes secundarias (Ley General de Educación, entre otras), quiero destacar en relación con la formación inicial y particularmente en relación con la educación normal lo referente a: Autonomía Académica y de Gestión para las escuelas normales.

 

Autonomía Académica y de Gestión para las escuelas normales.

Por decreto, a partir de 1984 las escuelas normales pasaron a formar parte de la educación superior, y por ello sus estudios a nivel licenciatura. Sin embargo, en los hechos fue más un cambio en el papel que una real política de transformación y mejora de las escuelas normales como Instituciones de Educación Superior. Sólo fue en los hechos un cambio del plan de estudios, que por cierto se alejó de la formación para la docencia.

 

¿Qué implica ser una Institución de Educación Superior?, entre otros aspectos, elaborar sus planes de estudio, contar con mecanismos de organización horizontales como consejos académicos, contar con procedimientos claros, transparentes, académicos para la designación de autoridades de la institución, poder manejar sus recursos. Nada de esto pasa en la inmensa mayoría de las escuelas normales del país.

 

Autonomía de gestión. Es imprescindible actualizar el marco jurídico que permita a las escuelas normales asumirse como Instituciones de Educación Superior; ello implica contemplar, entre otras cosas, la instauración de instancias colectivas, como los Consejos académico, Técnico y Escolar, para la toma de decisiones institucionales, Normatividad para el manejo de recursos propios, la Capacidad para firmar convenios de colaboración con otras instituciones (educativas y de otra índole, nacionales e internacionales) y de contar con registros como el RENIECYT, para poder concursar por fondos para la investigación en el CONAHCYT, lo que sí sucede con las universidades. Nuestra institución, la Benemérita Escuela Nacional de Maestros (BENM), opera con un reglamento que data de los años 60, lo que demanda una urgente actualización para superar, por ejemplo, la dependencia ante instancias como la Dirección General de Educación Normal y Actualización del Magisterio (DGENAM), para desarrollar cursos de actualización docente.

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Se necesita la instauración de un marco que defina los requisitos y procedimientos académicos para la designación de los directivos de las Normales, así como sus funciones, sus responsabilidades y el periodo de duración en su gestión. Hasta hoy, en la mayoría de las escuelas normales del país, como en la BENM, nunca se sabe cuándo iniciará y cuándo concluirá el periodo de gestión del director o directora en funciones; generalmente se designa a través de procesos discrecionales, no existe un marco normativo, de orientación académica, que establezca cuáles son los requisitos y criterios que deben prevalecer para la designación de sus directivos, en la perspectiva de privilegiar y garantizar una vida académica y el consecuente desarrollo institucional. Lo anterior sólo origina vulnerabilidad e inestabilidad institucional. A estas alturas del siglo XXI y la vida democrática del país, resulta necesario que existan criterios y procesos claros, transparentes y con bases académicas para la designación de los directivos, y la definición de la duración de gestión y funciones del cuerpo directivo.

 

Normalistas
Autonomía curricular. Investigadores reconocidos como el Dr. Ángel Díaz Barriga, han planteado la importancia de que las escuelas normales, paulatinamente, tengan la facultad para poder elaborar sus planes y programas de estudio. Lo anterior implicaría cambios en la Constitución y con mayor especificad en las leyes secundarias. A partir de un marco común en los propósitos o perfiles docentes, las escuelas normales podrían diseñar, incluso regionalmente, sus planes de estudio.

 

Propuesta presentada ante la Cámara de diputados, en la Audiencia pública para la reforma del Artículo 3º. (9 de febrero de 2019). PRIMERA PARTE.

 

* Profesor de la Benemérita Escuela Nacional de Maestros.

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